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Cambios en los trámites de instalaciones reguladas por la normativa de Seguridad Industrial
Os informamos que a raíz de la entrada en vigor de la Ley 9/2014 del 31 de julio, de la seguridad industrial de los establecimientos, las instalaciones y los productos, a partir del 6 de noviembre de 2014, los trámites de instalaciónes reguladas por la normativa de seguridad industrial se realizarán exclusivamente a través de Canal Empresa.
El nuevo procedimiento, que se enmarca en el plan de implementación de la ventanilla única empresarial y la Administración electrónica, se pone en marcha a partir del 6 de noviembre.
Las altas, modificaciones y bajas registrales de las nuevas instalaciones a las que se aplica la Ley 9/2014 del 31 de julio, de la seguridad industrial de los establecimientos, las instalaciones y los productos, deberán solicitar por vía electrónica a través de la web Canal Empresa. Por tanto, a partir del 6 de noviembre, estos trámites ya NO se harán a través EXCLUSIVAMENTE de los organismos de control, como había sido habitual hasta ahora.
La decisión de cambiar la tramitación de los trámites a los que se aplica la ley de seguridad industrial es resultado de la política de simplificación administrativa, que implica, entre otros, la reducción significativa de la documentación que las empresas deben presentar para realizar estos trámites. En este sentido, a partir del día 6 por la inscripción sólo será necesario entregar a la Administración una declaración responsable que contenga los datos básicos del establecimiento, la instalación o el producto.
Los ámbitos reglamentarios a los que se aplica la Ley 9/2014 del 31 de julio y el nuevo procedimiento electrónico son los siguientes:
En ENCAT si el cliente nos lo pide incluiremos los trámites pertinentes por el CANAL EMPRESA
The Bot a La Vanguardia
El último proyecto de ENCAT dará mucho a hablar... primera entrevista a La Vanguardia
Expoelèctric - Fórmula E
El acontecimiento más importante de vehículos eléctricos del Sur de Europa tendrá lugar este año en Barcelona del 16 al 19 de octubre, con actividades tanto para el público professional como ciudadano.
Continuamos actualizando la web y nuestro currículum. En el siguiente enlace encontraréis más información sobre nosotros, quien somos y un listado de proyectos realizados. No lo dudéis y visitarlo!
http://www.strikingly.com/encat
A partir del mes de junio, la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial empezará una campaña de recordatorio de obligación a someterse a inspección, cada 10 años, las instalaciones eléctricas de baja tensión comunes de edificios de viviendas de más de 100 kW de potencia instalada.
Documento Básico SUA Seguridad de utilización y accesibilidad,
con comentarios del Ministerio de Fomento.
La Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo ha
respondido a las consultas relacionadas con la interpretación y aplicación del Documento Básico DB SUA del Codigo Técnico de la Edificación.
Aquí teneis disponible: http://tinyurl.com/c55w2gl, en el apartado de documentos.
Haz el salto y canvia! Con una llama o un simple formulario por internet, podemos decir adiós a las grandes compañías eléctricas y contratar una tarifa con las cooperativas o pequeñas comercializadoras que van ganando espacio debido a la indignación ciudadana. ejemplos de crecimiento interesantes como Som Energia, HolaLuz.com, u otras que venden energía verde como Gesternova, Zencer, GoiEner, Enercoop...
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Técnicos y ayuntamientos de la comarca del Maresme se reunen para proponer las mejoras energéticas en sus edificios públicos.
Pàgines web dedicades a la immobiliària, com ara Idealista, tenen molt en compte l'entrada en vigor del nou certificat energètic per a tota vivenda.
Un cop publicada la informació de que l'entrada del certificat datarà com a màxim a l'abril, per tal de donar uns mesos d'adaptació al mercat inmobiliari, pàgines dedicades a aquest sector comencen a donar l'avís del mateix.
http://www.idealista.com/news/archivo/2013/01/11/0564179-a-partir-de-abril-las-viviendas-que-se-vendan-o-alquilen-deberan-contar-con-el-certificado-de-efi
Amb la propera aprovació del nou decret de certificació eficiència energètica, s'extendrà l'obligatorietat de realitzar un certificat energètic a tots els edificis i vivendes, tot i que ja estiguin construits.
És un tràmit administratiu per certificar energèticament els edificis existents o part d’ells, com una vivenda o un local comercial, per exemple.
Mitjançant la certificació energètica és possible saber el comportament energètic d’un habitatge i com millorar-lo per tal de disminuir els costos del consum d’energia.
Els propietaris d’un habitatge o local tenen l’obligació de tenir el certificat d’eficiència energètica quan l’ofereixi en venda o lloguer.
El certificat d’eficiència energètica i la seva corresponent etiqueta d’eficiència energètica s’han de tenir obligatòriament a partir de l’1 de gener de 2013, i tenen una validesa de 10 anys.
És responsabilitat dels propietaris renovar el certificat i, per tant l’etiqueta, cada 10 anys.
Aquí us deixem part de la normativa per a més informació:
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2012:315:0001:0056:ES:PDF
http://www.boe.es/boe/dias/2007/01/31/pdfs/A04499-04507.pdf
(BOE núm. 27, publicat el 31/01/2007)
http://www.idae.es/index.php/mod.documentos/mem.descarga?file=/documentos_Proyecto_RD_CEEX_refundido_de_junio_Aud_Publ_da681768.pdf
(en fase d’al.legacions)